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Divorcio Incausado en la Cuidad de México
Título: Código
Civil para el Distrito Federal
Artículo 266. El divorcio
disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer
otro. Podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges cuando cualquiera de ellos lo
reclame ante la autoridad judicial manifestando su voluntad de no querer
continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual
se solicita, siempre que haya transcurrido cuando menos un año desde la
celebración del mismo. (Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, 2015)
Título: Del matrimonio indisoluble al
divorcio exprés del distrito federal
b. El divorcio expedito
incausado
En este nuevo tipo de divorcio
que se regula en el artículo 266 del Código Civil para el Distrito Federal,
como señalaba líneas arriba, se puede observar una composición entre los tipos
de divorcio, denominados antes voluntario judicial y contencioso.Todavía
subsistente en todas las entidades federativas de la República mexicana. (Guzmán Ávalos
& Valdés Martínez, 2012)
Título: Divorcio y nulidad matrimonial
No siendo posible en diversos
casos el sostenimiento de un matrimonio ideal, y observando que la permanencia
de la unión conyugal sin los caracteres del amor, el respeto, de la
colaboración mutua y de la inteligencia de los consortes en muchos casos no es
posible, el legislador ha creado la institución del divorcio. (Rodríguez Mejía, 2003)
Título: Unidad del juicio de divorcio
sin expresión de causa (Legislación para el Distrito Federal).
En
el juicio de divorcio sin expresión de causa existen dos etapas, una denominada
"no contenciosa" (relativa a la declaración de divorcio) y otra en la
que sí existe contienda (donde se deciden las cuestiones inherentes al
divorcio), un nuevo análisis de las disposiciones que rigen el divorcio sin
expresión de causa lleva a abandonar en lo conducente dicho criterio, pues éste
se desarrolla sobre la base de que se trata de un procedimiento único, de tipo
contencioso, en el que no puede afirmarse de manera categórica la distinción de
dos etapas que puedan regir de momento a momento y menos aún, que en cada una
de ellas se resuelvan temas específicos. (Semanario Judicial de la Federación y su
Gaceta, 2013)
Título: Trámite procesal del juicio de divorcio sin
expresión de causa.
El juicio de divorcio sin expresión
de causa inicia con la presentación de la demanda correspondiente. Las
pretensiones que la parte actora ha de formular en su escrito inicial (y sobre
las cuales, en correspondencia, ha de formular su respuesta la demandada,
haciendo valer las propias) son las que menciona el artículo 267 del CCDF, a
saber: a) La petición de divorcio y b) La resolución de las cuestiones
inherentes a la disolución del vínculo matrimonial que deberán expresarse en la
propuesta y en la contrapropuesta de convenio. (Suprema Corte de Justicia de la Nación,
2012)
Bibliografía
Asamblea
Legislativa del Distrito Federal. (2015). En Código Civil para el Distrito
Federal (pág. 307). México: Sista Editorial.
Guzmán Ávalos, A., & Valdés Martínez, M. C.
(2012). Del matrimonio indisoluble al divorcio éxpres del Distrito Federal. Revista
del Instituto de Ciencias Juridicas de Puebla, 77-92.
Rodríguez Mejía, G. ( 2003). Divorcio y nulidad
matrimonial. Revista de derecho privado, 61-84.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
(2013). En Unidad del juicio de divorcio sin expresión de causa
(Legislación para el Distrito Federal) (pág. 804). México: Sista
Editorial.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2012). En Trámite
procesal del juicio de divorcio sin expresión de causa (pág. 108).
México.
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1.
Guzmán Ávalos,
A., & Valdés Martínez, M. C. (2012). Del matrimonio indisoluble al divorcio
éxpres del Distrito Federal. Revista del Instituto de Ciencias Juridicas de
Puebla, 77-92.
2. Rodríguez Mejía, G. ( 2003). Divorcio y nulidad matrimonial. Revista de derecho privado, 61-84.


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